¿QUÉ ES EL DELITO DE SEDICIÓN? ¿QUÉ DICE EL CÓDIGO PENAL?



Te contamos, de manera sencilla, en qué consiste este delito, por qué se ha aplicado a los políticos catalanes presos y cómo podría cambiar…. Pero sobretodo, ¿qué opina la gente?


Este lunes se conocía la noticia de que el gobierno central (constituido por PSOE y Unidas Podemos) quiere promover una reforma global del Código Penal. La intención del ejecutivo es impulsar una reforma amplia que abarque también el consentimiento en las relaciones sexuales y nuevos delitos medioambientales, y que cuente con el máximo consenso de las fuerzas parlamentaria.
No obstante, la polémica saltaba cuando se conocía, de la mano del presidente del gobierno Pedro Sánchez,  que esto conlleva que el ejecutivo español estudie rebajar las penas por delitos de sedición. A todo esto la contundente y rápida oposición de Vox, PP y Ciudadanos, entre otros. 

Este martes, la Portavoz del Gobierno expresaba que la intención es llevar al Congreso la reforma del Código Penal, con un previo “debate abierto”. Entre las opciones barajadas, se encuentra rebajar la pena de la sedición, pero al mismo tiempo endurecer el delito de rebelión, como propuso Sánchez en 2018 cuando estaba en la oposición.

Pero, para los que no somos expertos en derecho penal ¿qué es el delito de sedición?  Según la RAE es un "alzamiento colectivo y violento contra la autoridad, el orden público o la disciplina militar, sin llegar a la gravedad de la rebelión", ​ que se distingue por tener la intención de derrocar a los poderes del Estado, y según el Código Penal “son reos de sedición los que, sin estar comprendidos en el delito de rebelión, se alcen pública y tumultuariamente para impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales, la aplicación de las Leyes o a cualquier autoridad, corporación oficial o funcionario público, el legítimo ejercicio de sus funciones o el cumplimiento de sus acuerdos, o de las resoluciones administrativas o judiciales”. Es decir, que el delito de sedición castiga actitudes, comportamientos y alzamientos que tratan de impedir la aplicación de la ley o el funcionamiento de la administración pública (de forma ilegal o violenta). Para ser tipificado como sedición requiere una organización y planificación para producir el alzamiento público contra la autoridad y su gravedad va en función del número de personas que lo realicen y de la relación de estos con el sistema público (si ostentan cargos como funcionarios públicos, políticos, etc.)

El Tribunal Supremo aplica entonces el delito de sedición, alegando que aunque los líderes independentistas no incitaron a realizar actos de violencia como parte de su plan secesionista, sí movilizaron a la ciudadanía "en un alzamiento público y tumultuario" para impedir la aplicación de las leyes y obstaculizar el cumplimiento de las decisiones judiciales que comenzaron cuando la Abogacía del Estado llevo a juicio la ley de aprobación del referéndum ilegal y las posteriores leyes de ruptura aprobadas en el Parlament de Catalunya.   
La pena máxima es 15 años.La pena típica de prisión por este delito, de cuatro a ocho años, se puede aplicar a cualquier ciudadano que cometa este tipo de delito. En el caso de los líderes de la revuelta, la pena puede elevarse de ocho a diez años. El tramo de pena más alto, de diez a quince años (máximo), se reserva para las autoridades. Esto es lo que, en principio, podría cambiar si se reforma el Código Penal. Un sector del Tribunal Supremo comparte ya desde hace meses dicha adaptación de los delitos de rebelión y sedición, barajando la incorporación de un apartado especial que castigue a la autoridad pública que “desatienda los requerimientos del Constitucional”.
Conociendo todos estos datos sobre el delito de sedición y su relación con la política y los líderes independentistas, sólo nos falta saber lo más importante: ¿qué opinan los ciudadanos? Pues según el sondeo elaborado por Celeste-Tel para eldiario.es entre los días 14 y 17 de octubre, el 49% de los encuestados considera la sentencia por sedición "justa y proporcionada". Un 21,9% la califica como "demasiado blanda" mientras que otro 19,3% cree que es "demasiado severa". 

Otra encuesta realizada por electomanía para el diario Vozpopuli nos da los siguientes datos: la respuesta más elegida entre los españoles es que estamos ante una sentencia justa. Del resto de opciones, el 25,7% del conjunto de España piensa que el fallo emitido por el Supremo es excesivo y el 15,5% opina que las penas tendrían que haber sido mayores y el 13 ,3% que es injusta. En Cataluña en cambio, la opción ganadora, aunque con una diferencia mínima, es que la sentencia es injusta.

¿Indulto o cumplimiento de prisión?
Dos de cada tres españoles creen que los condenados por su vinculación con el procés deberían cumplir sus penas en prisión como cualquier otro ciudadano. Frente a esta opinión mayoritaria, un 19,6% se muestra a favor de la concesión de medidas de gracia como indultos o amnistía. 
¿Necesita una reforma el delito de sedición?
En consecuencia de las encuestas realizadas se puede sacar la conclusión de que el 45-50% estaría en contra de realizar una reforma que rebajase las penas por sedición mientras que alrededor de un 30% está de acuerdo en modificarlo de manera que se incorporara un apartado que castigara de manera especial algunos casos (como el de los políticos independentistas) y alrededor de un 20% se posicionaría favor de rebajar las penas para disminuir las condenas de los políticos presos.






 FUENTES



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